Las parejas de hecho en Madrid y su fiscalidad en el impuesto de sucesiones

Así, la ley relativa a las parecjas de hecho en la CA de Madrid exige que para que éstas puedan disfrutar de los beneficios fiscales previstos en el ISD han de estar inscritas en el Registro creado al efecto en la Comunidad Autónoma.

En este sentido, si están inscritas, al fallecer uno de los miembros, el otro miembro de la pareja tendrá un tratamiento análogo al del cónyuge en un matrimonio, con los beneficios fiscales correspondientes.

Por el contrario, si no está inscrita, no podrá disfrutar de los beneficios fiscales previstos en la normativa sobre ISD de la CA de Madrid.